Micelio
Auto23 de abril de 2009

A- de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Clara Ines Medina Campos

Tema · dato duro
Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-359 De 2000. Con El Proposito De Asumir El Cumplimiento De La Sentencia T-359 De 2000, Se Ordeno A La Jueza Veintiuno (21) Civil Municipal De Bogota Remitir El Expediente De La Referencia A La Sala Tercera De Revision De La Corte Constitucional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Constitucion Politica
  • Vulneración por manifestación expresa de desconocimiento de la existencia de fallos de la Corte Constitucional
Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para asegurar el cumplimiento de sus sentencias cuando las órdenes impartidas no hayan sido acatadas
  • Condiciones para intervenir en cumplimiento de sus providencias
  • Condiciones para que asuma la competencia y adoptar decisiones necesarias para el cumplimiento de fallo
  • Adopción de medidas necesarias para el cumplimiento de la sentencia T-359/00 tomando en cuenta la situación actual de la extinta Fundación San Juan de Dios
  • Competencia para lograr el cumplimiento de la sentencia T-359/00
Desacato
  • Decisiones no tienen recursos legales
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia radica prima facie en cabeza del juez de primera instancia
5 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. Con el propósito de asumir el cumplimiento de la sentencia T-359 de 2000 se ORDENA a la Jueza Veintiuno (21) Civil Municipal de Bogotá remitir el expediente de la referencia a la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional
  2. Segundo. ORDENAR a la Liquidadora de la Fundación San Juan de Dios que en el plazo de cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente auto, informe de manera adecuada y suficiente a esta Corporación sobre los siguientes asuntos:
  3. a. Sobre la extensión temporal del vínculo laboral entre la accionante y la Fundación San Juan de Dios, explicando los criterios fácticos y jurídicos que fundamentan su respuesta.
  4. b. Los factores salariales a los que tenía derecho la accionada durante las fechas en las que se mantuvo la relación laboral. En la medida de lo posible, se solicita que se remita una certificación sobre el particular o, en su defecto, que explique los criterios fácticos y jurídicos para establecer tales factores.
  5. c. Las razones por las cuales la Liquidadora procedió a ordenar un pago parcial de las prestaciones adeudadas, y no el pago total de las que fueron reconocidas en la resolución 0679 de 2007.
  6. d. Los motivos por los que no ha dado respuesta a los derechos de petición elevados por la accionante, relativos al cumplimiento de la sentencia T-359 de 2000.
  7. e. Sobre la forma en que la Liquidadora planea pagar las sumas que aún se adeudan a la señora Clara Inés Medina Campos.
  8. Tercero. REQUERIR a la accionante, para que remita a esta Corporación los documentos que considera acreditan el incumplimiento de la sentencia T-359 de 2000, en caso de que no lo hubiere hecho ante el Juzgado Veintiuno Civil Municipal de Bogotá, así como cualquier información adicional, o pruebas documentales, que pretenda hacer valer para acreditar el alcance del incumplimiento de la accionada.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.